Ya han llegado los Reyes Magos y a alguno de vosotros os «han traído» un dron. Es el regalo estrella en estas fiestas.
La verdad que es un regalazo para disfrutar, pero el dron es una AERONAVE y por tanto, está regulada por una legislación aérea muy dura.
En términos generales surgen muchas preguntas sobre el «donde puedo volar» un dron. Si eres piloto profesional de drones, continuar leyendo este artículo no te aportará nada pues es una reglamentación que debes conocer.
Si por el contrario, no eres piloto profesional, y, simplemente tienes un dron para uso recreativo, o se lo has regalado a tu hijo, conocer una serie de normas básicas sobre la legislación aérea te evitará sustos y sobre todo una segura sanción nada despreciable.
Indice del Artículo
Conceptos básicos que debemos conocer sobre los drones.
Un dron, aunque sea de juguete, está considerado una aeronave. Por tanto, se rige por la legislación aérea y más concretamente sobre el R.D. 1036/2017 de 15 de Diciembre. Para quien quiera leerlo, aquí les dejo el enlace completo.
Aunque sea de forma recreativa, es necesario cumplir con la legislación que lo regula y que en esta entrada intentaré resumir de una manera comprensible. No es por meter miedo: las sanciones aéreas son muy altas (podrían llegar hasta los 225.000 €) y cualquier agente de la autoridad hoy en día, está al corriente de la legislación.
Quien sanciona no es el agente de seguridad, este propone la sanción a AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) y ellos son los que imponen la denuncia y sanción administrativa.
La placa identificativa del dron
Lo primero de todo es identificar el dron y la emisora. Todas las aeronaves pilotadas por control remoto (sea cual sea su uso), deberán llevar fijada en su estructura una placa de identificación ignífuga en la que deberá constar la identificación del dron (fabricante, modelo y número de serie), el nombre del operador y los datos para contactar con el (teléfono principalmente). Artículo 8 de la ley 1036/2017.
Dónde y cómo volar un dron de forma recreativa
Como usuario de una aeronave pilotada por control remoto, si es destinada a vuelos recreativos, es decir, no tiene licencia de piloto, deberás cumplir con las siguientes condiciones:
- Volar a una distancia mínima de 8 km de cualquier aeropuerto o aeródromo.
- Volar fuera del espacio aéreo controlado (más adelante veremos que es).
- No sobrepasar los 120 metros de altura.
- Volar de día y en buenas condiciones meteorológicas. Si tu dron pesa menos de 2 kg, podrás volar de noche pero sin superar los 50 metros de altura.
- Volar dentro del alcance visual. Es decir, siempre deberás tener el dron a la vista y nunca jamás a más de 500 metros de distancia.
El espacio aéreo controlado
De entrada para los que viváis en la provincia de Badajoz, os comento que es una zona muy restringida. Si hablamos de Almendralejo, por ejemplo, volar un dron es totalmente ilegal, incluso si levantas el dron en el patio de tu casa, en el momento que deja de tocar suelo (aunque sea una cuarta) ya se encuentra en el espacio aéreo y por tanto, está sujeto a toda normativa aérea.
En España el espacio aéreo está gestionado por ENAIRE. A través de una aplicación puedes saber donde puedes donde volar los drones está totalmente prohibido. Puedes consultarla en la URL https://drones.enaire.es/
Vulnerar la intimidad
En cualquier caso, lo que nunca puedes hacer con tu dron es vulnerar la intimidad de las personas, especialmente los espacios privados. Aquí además de la cuestión legislativa aérea, se encuentra la ley de protección de datos. En terminos generales no puedes:
- Sacar imágenes del interior de una propiedad privada.
- Publicar fotografías en redes sociales sin autorización de las personas que pudieran salir.
Fotografías y vídeos comerciales
Nunca jamás podrás realizar de forma recreativa una fotografía o vídeo para que sea utilizado con fines comerciales. Es decir, aunque tu hagas una fotografía, incluso si la regalas, si esta imagen o vídeo realizado con dron es utilzando posteriormente de manera comercial, aunque sea subiéndolo a una red social, las sanciones pueden incluso multiplicarse.
En este sentido, existen diversas asociaciones profesionales de pilotos de dron, que, con el fin de evitar el intrusismo profesional, denuncian este tipo de usos ilegales ante las autoridades aéreas. Podéis ver una de ellas a través de su página de Facebook https://www.facebook.com/Videos-con-drones-ilegales-169851033357867/ De hecho, no hace mucho tiempo, denunciaron y publicaron el vídeo de una boda grabado precisamente en Almendralejo.
Sanciones
Cada vez son más las sanciones que se tramitan a la Agencia de Seguridad Aérea por parte de los cuerpos de seguridad. Aquí os dejamos algunas de ellas publicadas en los medios de comunicación:
- https://www.eldia.es/sucesos/2019/08/31/multa-volar-dron-ciudad/1004752.html
- https://www.europapress.es/galicia/noticia-detenido-volar-dron-encendido-luces-navidad-vigo-20181128140823.html
- https://www.elperiodico.com/es/sociedad/20190829/detenido-por-hacer-volar-un-dron-cerca-del-aeropuerto-de-lleida-7611008
- https://elpais.com/ccaa/2019/07/15/madrid/1563181083_078695.html
- https://www.niusdiario.es/sociedad/regalo-estrella-dron-multas-uso-indebido_18_2877795087.html
¿Tienes dudas?
Soy piloto profesional de dron y operador aéreo autorizado por AESA. Consúltame en las redes sociales o comenta esta entrada si tienes dudas, es mejor preguntar que llevarse un gran susto. Estaré encantado de contestarte.
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